GENERACIÓN DE LAS GRAVAS RECICLADAS
CAPITULO II.
II.1.- PROCESOS DE PRODUCCIÓN.
II.1.1.- Definiciones.
Se entiende por residuos de construcción y demolición (RCD),
a cualquier sustancia u objeto que, se genere de la construcción o demolición.
En función de la naturaleza de los residuos de origen, las gravas recicladas se
pueden clasificar en:
1.- Los procedentes del concreto.
2.- Las gravas recicladas cerámicas.
3.- Las gravas mixtas, cuando proceden de una mezcla de
residuos de distinta naturaleza. [12]
Definición de concreto reciclado.
Se entiende por concreto reciclado al concreto fabricado con
gravas recicladas o una mezcla de agregado reciclado y grava natural. Los
numerosos estudios realizados hasta el momento han analizado la influencia que
tienen sobre el concreto la utilización de la grava gruesa y el agregado fino
reciclado. [7]
II.1.3.- Pliego de condiciones técnicas de gravas (España).
Definición y características de los elementos. Agregados
utilizados para alguno de los siguientes usos: - Confección de concreto. -
Confección de mezclas grava-cemento para pavimentos - Material para drenajes -
Material para pavimentos. Su origen puede ser: - Gravas naturales, procedentes
de un yacimiento natural. - Gravas naturales, obtenidos por machaqueo de rocas
naturales. - Gravas procedentes de escorias siderúrgicas. - Gravas procedentes
del reciclaje de residuos de la construcción o demoliciones, provinentes de una
planta legalmente autorizada para el tratamiento de este tipo de residuos. Los
agregados naturales pueden ser: - De piedra granítica. - De piedra caliza.
Los agregados procedentes del reciclaje de derribos de la
construcción que se han considerado son los siguientes: - Gravas recicladas
procedentes de construcciones de ladrillo. - Gravas recicladas procedentes de
concreto. - Gravas recicladas mixtas. - Gravas recicladas prioritariamente
naturales. II.1.4.- Características generales de las gravas como producto del
reciclaje.
Los agregados procedentes de reciclaje de derribos no
contendrán en ningún caso restos procedentes de construcciones con patologías
estructurales, tales como cemento aluminoso, áridos con sulfuros, sílice amorfa
o corrosión de las armaduras.
Los gránulos tendrán forma redondeada o poliédrica.
La composición granulométrica estará en función de su uso y
será la definida en la partida de obra en que intervenga, o si no consta, la
fijada explícitamente por la disposición final.
Estarán limpios y serán resistentes y de granulometría
uniforme. No tendrán polvo, suciedad, arcilla, margas u otras materias
extrañas. Diámetro mínimo: 98% retenido tamiz 4 (UNE_EN 9332).
Agregados procedentes del reciclaje de residuos de la
construcción y demoliciones. El material ha de proceder de una planta
legalmente autorizada para el tratamiento de residuos de la construcción.
El material no será susceptible de ningún tipo de
meteorización o de alteración física o química bajo las condiciones más
desfavorables que presumiblemente puedan darse en el lugar de empleo.
No han de dar lugar, con el agua, a disoluciones que puedan
causar daños a estructuras, capas de firmes, o contaminar el suelo o corrientes
de agua.
Fuente: Tertre J.L., Sostenibilidad en Ingeniería Civil y
Reciclaje de Residuos, Cátedra “Mariano López Navarro”, Zaragoza, 1y 2 de Abril
2008.
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